***Comité Técnico aprobó reglas de operación del Fondo; se entregará complemento a trabajadores de 65 años
Valle de México, a 19 de junio del 2024.- El Banco de México (BM) y la Secretaría de Hacienda y Crédito (SHCP) formalizaron el contrato constitutivo del Fideicomiso Fondo de Pensiones para el Bienestar, mediante el cual se garantiza a las personas trabajadoras que alcancen 65 años de edad y hayan cotizado a partir de 1997 y cuya pensión sea igual o menor a 16 mil 777.68 pesos, un complemento para que reciban esa cantidad.
El banco central y la SHCO dieron a conocer lo anterior, e informaron de la instalación y primera sesión del Comité Técnico del citado Fondo de Pensiones.
Hay que mencionar que el pasado 1o. de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto del Fondo de Pensiones para el Bienestar, en el que se establece la creación de este fideicomiso a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), como fideicomitente, y al Banco de México con la encomienda de actuar como institución fiduciaria.
Conforme al decreto, el Fondo tiene como fin principal recibir recursos, administrarlos, invertirlos y finalmente entregarlos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en términos de las disposiciones aplicables.
En el despacho se recordó que con esos recursos, “los citados institutos federales otorgarán, a las personas trabajadoras que alcancen los 65 años de edad que hayan iniciado la cotización en términos de la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997, así como para aquellas que se encuentren bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el ISSSTE, y cuya pensión sea igual o menor a 16 mil 777.68 pesos, un complemento a las obligaciones del Gobierno Federal en relación con la pensión que obtengan, de tal forma que el monto de su pensión más el complemento sea igual a su último salario, hasta por el total descrito en este párrafo”.
“Además, el Fondo tiene como objetivo entregar los recursos para que los institutos IMSS, ISSSTE e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), realicen los pagos correspondientes que resulten procedentes en términos del citado Decreto”.
“Es por lo expuesto, que el 13 de junio pasado, la SHCP y el Banco de México formalizaron el contrato constitutivo del Fideicomiso denominado Fondo de Pensiones para el Bienestar. Asimismo, el 19 de junio del 2024, se celebró su primera sesión, en la que el Secretario de Hacienda y Crédito Público y Presidente del Comité Técnico de dicho Fondo, Rogelio Eduardo Ramírez de la O, declaró formalmente instalado ese órgano colegiado con la presencia de todos sus integrantes”, refirió el comunicado.
Se informo que en la sesión el Comité Técnico aprobó las reglas de operación del Fondo, las cuales tienen por objeto regular la recepción, administración, inversión, y entregas de recursos que realice el Fondo al IMSS, ISSSTE e INFONAVIT.
En la sesión, el Comité Técnico también aprobó el Régimen de inversión del Fondo a efecto de que la administración de los recursos que lo integren se lleve a cabo acorde con los siguientes objetivos principales: 1) cubrir las necesidades de liquidez requeridas para dar cumplimiento a los fines del Fondo; 2) procurar la preservación de capital del patrimonio del Fondo en términos reales; y 3) generar rendimientos, en la medida de lo posible, que contribuyan a incrementar el patrimonio del Fondo, sujeto a una prudente administración de riesgos.
Por otro lado, el Comité Técnico aprobó el Plan de Trabajo para el ejercicio 2024, así como los lineamientos para evitar conflicto de interés del Banco de México cuando lleve a cabo operaciones consigo mismo, en su función de Banco Central y como Fiduciario del Fondo; al respecto, se observarán los más altos estándares éticos y principios profesionales que mantiene el Banco de México para sus propias operaciones.
En materia de transparencia, el Comité Técnico aprobó la publicación cada trimestre de un informe sobre las actividades del Fondo con fines de rendición de cuentas.