***Morena promovió un juicio contra la precandidata del PRI-PAN-PRD-NA por difundir un video donde aparecen menores de edad, en la Red Social de YouTube
***Alejandra del Moral pretendió utilizar a menores de edad, lo que contraviene el interés superior de la niñez, señaló el diputado
Ecatepec, Estado de México, a 15 de marzo de 2023.- El hecho de que las y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) amonestarán públicamente a Alejandra del Moral y al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por difundir un video donde aparecen menores de edad, en la Red Social de YouTube, es un acto de congruencia ya que todos los ciudadanos, pero en especial los actores políticos, deben siempre de garantizar el pleno goce, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, aseguró el diputado Faustino de la Cruz Pérez.
Es importante recordar que en la Sesión Pública No. 10 celebrada el 14 de marzo, Magistrados del TEEM, resolvieron tres Juicios para la Protección de los Derechos de la Ciudadanía Local, y uno de ellos fue el relacionado con el Expediente PES/33/2023, donde el partido político Morena denunció a Paulina Alejandra del Moral Vela, así como al Partido Revolucionario Institucional, por culpa in vigilando, derivado de la vulneración al interés superior de la niñez, al difundir un video donde aparecen menores de edad en la Red Social de YouTube.
Al respecto, el Tribunal Electoral determinó que existen conductas que atentan contra el interés superior de los menores de edad, en un evento proselitista de los denunciados y al no contar con la documentación de consentimiento de los padres, se amonesta públicamente a los denunciados.
Sobre dicha resolución, el legislador en su calidad de miembro de la Comisión Electoral y de Desarrollo Democrático comentó que la precandidata del PRI-PAN-PRD-NA a la gubernatura Alejandra del Moral pretendió utilizar a menores de edad, lo que contraviene el interés superior de la niñez, que es un principio establecido en la Constitución Política, en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, principalmente.
Expresó que, en particular, en la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México en su Artículo 55 se detalla el derecho a la intimidad y destacó dos párrafos donde se lee que “Niñas, niños y adolescentes no podrán ser objeto de divulgaciones o difusiones ilícitas de información, manejo de su imagen o datos personales, incluyendo aquella que tenga carácter informativo a la opinión pública o de noticia que permita identificarlos, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.
Cualquier medio de comunicación que difunda entrevistas, imágenes, voz o datos deberán cuidar en todo momento el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes”.
Por esta razón, el diputado de Ecatepec consideró que Morena ,al promover ante el TEEM el Juicio para la Protección de los Derechos de la Ciudadanía Local, es congruente con su principio de servir y trabajar por el pueblo.
También, mencionó que las y los Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de México desestimaron en la misma sesión la denuncia contenida en el Expediente PES/34/2023 del PRI en contra de Morena por la presunta difusión de propaganda en redes sociales en tiempos de precampaña, utilizando la frase “Ya Sabes Quien”; mientras que en relación con los Expedientes PES/31/2023 y PES/52/2023, acumulados, donde el PRD y el PAN denunciaron al PVEM, Morena y Delfina Gómez Álvarez, por la comisión de actos anticipados de campaña derivados de la celebración de un evento organizado y dirigido a los militantes y simpatizantes del Partido Verde Ecologista de México, se determinó que no se desprende la existencia del elemento subjetivo.
Mientras, el Tribunal determinó la inexistencia de los hechos denunciados respecto del expediente PES/35/2023, donde una ciudadana denunció a Morena y la Unión de Ejidos Bienes Comunales y Asociaciones “Epigmenio de la Piedra, derivado del uso de un bien inmueble propiedad de la Protectora de Bosques del Estado de México, en el municipio de Tenancingo, para fines de almacenamiento y distribución de lonas, gorras y vinilos autoadheribles con las frases “Delfina Gobernadora, precandidata única”, “La esperanza de México” y el logotipo del partido político Morena, en favor de su precandidata única a la gubernatura del Estado de México.
Y sobre el asunto PES/32/2023, donde el PAN denunció a Delfina Gómez Álvarez y los partidos políticos Morena, PT y PVEM por actos anticipados de campaña, derivado de la difusión de dos spots en radio y televisión, el Tribunal determinó la inexistencia de la violación denunciada.
Por último, el representante de la bancada de la 4T en la LXI Legislatura expresó que el PRI junto con el PAN, PRD y Nueva Alianza buscan a través de múltiples denuncias dañar la imagen de la precandidata de Morena Delfina Gómez; sin embargo, no lo han conseguido.