***Habrá sanciones para comercios y establecimientos que incumplan con la nueva norma: Cámara de Diputados Federal
Valle de México, a 3 de abril del 2024.- El Congreso Federal aprobó en forma unánime diversas reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor con lo cual quedará prohibido que los proveedores de bienes, servicios y productos cobre comisiones o cargos adicionales a los consumidores que utilicen tarjetas de crédito, débito o medio de disposición físico de recursos para pagar.
El incumplimiento de la nueva norma prevé sanciones que van de los 701.15 pesos hasta los 2 millones 243 mil 671.49 pesos, según lo dispuesto en el articulo 127. La reforma fue enviada al Senado de la República para que se dé continuidad al proceso.
Conforme a lo expuesto en el dictamen y según reportes de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se detectó que establecimientos comerciales cobran comisiones o recargos, de entre 3 y 5 por ciento, sobre el valor total de la compra o servicio cuando el pago es efectuado mediante una tarjeta de crédito o de débito.
En el documento se expuso que de acuerdo con la Condusef, con ese cobro no se cumple lo que los comercios pactan con las instituciones bancarias, ya que en los contratos para el uso de terminales punto de venta se establece con claridad que el pago del servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios que promueven los comercios con su clientela.
Se destacó que los beneficios que los establecimientos tienen por el uso de terminales punto de venta son mayores que los costos que deberían asumir, y que trasladar esos costos a los consumidores no debe realizarse.
“Al consumidor le cobran la renta que el establecimiento debe pagar al banco por el uso de las TPV”, refirió el texto, y mencionó que “muchas personas han sido advertidas directamente en el comercio que si realizas el pago con tarjeta bancaria le cobrarán una comisión que puede ir de 3 al 6 por ciento extra. Desafortunadamente esas prácticas van en aumento en perjuicio de los consumidores”.
Conforme al dictamen, el artículo 7 TER de la citada ley estableció la prohibición para que “los proveedores de bienes, productos o servicios, cobren comisiones, montos, cargos adicionales o equivalentes a los consumidores cuando estos utilicen como medio de pago tarjeta de débito, crédito o medio de disposición físico de recursos”.