***Baja producción en algunos agroalimentos incidió en los precios; otros reportaron reducciones importantes
Valle de México, a 15 de enero del 2023.- La canasta alimentaria del Paquete Contra la Inflación y la Carestía (PACIC) se incrementó, de abril a diciembre pasado, 7.97 por ciento, por encima del 7.82 por ciento de la inflación general al cierre del año, ello debido, entre otras cosas, a factores estacionales en la producción (bajo volumen) de varios agroalimentos.
Lo anterior, de acuerdo con el reporte del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), del Congreso Federal, donde se analiza la evolución de precios con corte al mes de diciembre.
En el documento, se analizó la evolución de los productos considerados en el PACIC, recordando que el pasado 4 de mayo de 2022 y con el objetivo de contener la inflación, el gobierno federal presentó el Plan Contra la Inflación y la Carestía (PACIC), el cual incorpora los 24 productos de la canasta de consumo de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
Mencionó que durante el último mes de 2022, el conjunto de los productos genéricos que integran la Canasta PROFECO registró un incremento mensual de 0.28 por ciento.
“Este incremento se debió a las variaciones mensuales positivas de: otros chiles frescos (14.24 por ciento); y, el limón (12.85 por ciento). Mientras que la cebolla registró el mayor descenso mensual (-18.32 por ciento).
Detalló que “estas alzas se explican, de acuerdo con el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP), al menor volumen de producción en el mes que se reporta (efecto estacional), así como, a las afectaciones que han tenido los frentes fríos en la producción de chile”.
Destacó que con cifras acumuladas, de abril a diciembre de 2022, la Canasta PROFECO ha subido 7.97 por ciento, y que solo el limón, la cebolla, el pollo, y la manzana registran descensos en sus precios (menos 42.63, menos 24.49, menos 3.06 y menos 0.78 por ciento, respectivamente)”.
En tanto, los mayores ascensos se observaron en el jitomate (47.42 por ciento); la papa y otros tubérculos (31.48 por ciento); la naranja (26.87 por ciento); y, otros chiles frescos (23.83 por ciento).
La dependencia refirió que el Paquete Contra la Inflación y la Carestía (PACIC), es una coordinación entre las empresas tanto públicas como privadas, y el gobierno, durante un periodo de 6 meses, que busca incidir a la baja, solo en el 27.26 por ciento de la canasta de productos y servicios genéricos que conforman el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC, inflación).
Estos bienes corresponden a 23 productos genéricos del INPC dado que “Atún y Sardina en lata” constituyen uno solo.
En el texto, se estableció que la inflación anual promedio durante el 2022 fue de 7.90 por ciento, cifra mayor al 7.8 por ciento anticipado en los Criterios Generales de Política Económica 2023 (CGPE-23).
Asimismo, la inflación anual al término de 2022 (7.82 por ciento) estuvo por arriba de lo aprobado en los CGPE-23 (7.7%), sin embargo, fue menor a la media de las estimaciones del sector privado en diciembre (8.09 por ciento).
El Banco de México, en su Anuncio de Política Monetaria de diciembre 2022, señala que el balance de riesgos respecto a la trayectoria prevista para la inflación en el horizonte de pronóstico se mantiene sesgado al alza.
Asimismo, el estudio resaltó que como parte de los esfuerzos del Gobierno Federal para reducir la inflación, el 6 de enero de 2023 la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el DECRETO por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias, mismo que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Y mencionó que en correspondencia con las medidas adoptadas desde el anuncio del PACIC, se adicionan nuevos productos dentro las facilidades administrativas en el proceso de importación (Licencia Única Universal), así como de la exención temporal del pago de arancel correspondiente.
Los productos que se adicionan son los siguientes: Pavo; ajo; lechuga; espinaca; lentejas; pera; arroz descascarillado; almidón de maíz; embutidos; tilapia; salsa de soja; salsa kétchup; otras salsas de tomate; preparaciones para sopas y caldos; sopas y caldos preparados; harina de carne despojos para alimentación de animales o abono; cereales; residuos de la industria de almidón; alimento para perros y gatos; desodorante corporal y antitranspirante; desinfectante; manteles y servilletas; cepillo de dientes; toallas sanitarias y pañales; así como aceite de soja, de girasol y de cártamo; abonos de origen animal o vegetal, minerales o químicos; insecticidas; raticidas y herbicidas.
Además, se precisa que la exención arancelaria a la importación del maíz blanco harinero aplicará únicamente al maíz, libre de modificación genética, destinado a la alimentación humana, es decir, al sector conocido como de la masa y la tortilla; y que, tratándose del maíz amarillo, los beneficios aplican sólo al maíz destinado a la alimentación animal, aun cuando en este caso se trate de grano genéticamente modificado.