***Afirma Jorge García que, en gobiernos municipales, han nombrado a familiares en la presidencia del DIF, cargo honorífico, pero recibiendo un salario ostentoso
***Enfatiza necesidad de armonizar la Ley que crea los DIF municipales, con las Leyes de Asistencia Social Federal y Estatal, ante ambigüedades y para atender carácter honorífico
Valle de México, a 13 de octubre de 2022. El diputado local de Morena, Jorge García Sánchez, tras afirmar que en diversos municipios del Estado de México, en administraciones pasadas y presentes, han nombrado a familiares para ocupar la presidencia del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), que es un cargo honorífico y pese a ello reciben un salario ostentoso, así como diversas prestaciones que de honoríficas no tienen nada, y ante la ambigüedad de la normatividad que los rige, propuso homologar el Sistema DIF de los municipios con el Estatal y Nacional.
Al presentar, a nombre del grupo parlamentario de Morena, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo del artículo 42 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios, así como se derogan, adiciona y reforman diversas disposiciones de la Ley que Crea los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, de carácter municipal, denominados “Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia”, el legislador reiteró que el propósito es homologar el Sistema DIF de los Municipios con el Estatal y Nacional.
En su exposición de motivos el diputado, subrayó que la mencionada Ley es ambigua en razón de que el Artículo 13 Bis-C, establece que los cargos de los miembros de la Junta serán honoríficos, de los cuales forma parte la presidencia, por lo que se prohíbe recibir remuneración, retribución, emolumento o compensación alguna por su desempeño.
Pero, agregó el impulsor de la 4T, la fracción II del Artículo 11, de dicha ley dispone que la presidencia es un Órgano Superior de los Organismos y por lo tanto al ejercer dicho cargo se interpreta que se tiene derecho a un salario, por ello, afirmó, se propone la modificación que atiende el carácter honorífico de la presidencia del DIF, precisándose la distribución de atribuciones y obligaciones en la Dirección General.
La normatividad establece en la fracción II del Artículo 11, señala como un Órgano Superior de los Organismos a la Presidencia, por el contrario y de acuerdo a lo señalado en los Artículos 31 de la Ley de Asistencia Social Federal y 20 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México, no se contempla a la Presidencia como Órgano Superior del Organismo, ni como Órgano de Gobierno del DIFEM, respectivamente; por lo que debe adecuarse, para que se encuentren armonizadas las Leyes que regulan a los Sistemas DIF en los tres niveles de gobierno, afirmó.
El diputado local de la bancada de Morena, advirtió que la Ley, ha quedado desfasada y superada por las diversas reformas y disposiciones de orden federal y estatal, al hacer referencia, a la Ley de Asistencia Social que regula al Sistema Nacional DIF y de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios, que reglamenta al DIFEM, y en el ámbito municipal, la mencionada Ley, dispone que los cargos de los miembros de la Junta serán honoríficos, de igual forma contempla que en el Sistema Municipal se podrá formar un patronato y la presidencia será nombrada por el presidente municipal.
Reiteró la necesidad de armonizar la Ley que crea los DIF municipales, con las Leyes de Asistencia Social Federal y Estatal, a efecto de que los Órganos de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, encargados de llevar a cabo los programas, acciones y servicios en favor de la población que se encuentra vulnerable, se equiparen en los tres los niveles de gobierno, así como su organización, funciones, atribuciones y actividades sean semejantes de acuerdo a su ámbito de competencia.
En el pleno el diputado, Jorge García señaló que la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México, en septiembre de 2016, impartió el curso de capacitación denominado “Marco Normativo DIF de los Municipios del Estado de México”, dirigido a los Gobiernos Municipales, donde se destacó considerar el Artículo 13 Bis-C de la mencionada Ley, que establece que los cargos de los miembros de la Junta serán honoríficos, mencionando como ejemplo a las Presidentas del DIF Nacional y del DIFEM, quienes no perciben salario alguno.
En 2019 se aplicaron sanciones a algunos expresidentes del DIF Municipal y a los ayuntamientos por autorizar el salario a un cargo honorífico.
Otro de los cuestionamientos del diputado morenista es que a nivel Federal el artículo 31 de la Ley de Asistencia Social señala que la vigilancia de la operación del Organismo quedará a cargo de un Comisario, y a nivel Estatal el artículo 21 de la Ley, contempla al Comisario como integrante de la Junta de Gobierno, sin embargo la Ley en referencia no contempla ese cargo y, en cambio, señala en su artículo 12 dentro de los integrantes de la Junta de Gobierno a un Tesorero, siendo lo apropiado establecer a un Comisario, quien se encargará de vigilar la operación del Organismo.