Por: Víctor M. Zendejas Orozco*
Las reformas llevadas a cabo al artículo 115 constitucional han sido insuficientes para hacer realidad el espíritu que le dio vida y que tiene como propósito fortalecer las capacidades institucionales de los ayuntamientos al reconocer la pluralidad.
La realidad para los regidores, sobre todo de oposición, ha sido otra pues en virtud de que dependen en su totalidad de las decisiones y nómina que les imponga el alcalde en turno se han visto avasallados, al reducirlos a simples empleados como si de una empresa privada se tratara. Abundan los casos en el país y, por supuesto, en el Estado de México.
Cuando Raúl Salinas Lozano (padre del ex presidente Carlos Salinas de Gortari) fue titular del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) exhibió la pobreza que vive el 85 por ciento de los municipios del país, y desde esa denuncia (1992) a la fecha la mayoría continúa en el abandono del que habla la candidata a la gubernatura del estado de México, Delfina Gómez Alvarez.
Salinas Lozano habló en ese entonces del “exceso de Estado que relega y subordina el desarrollo regional”. Exceso que en la mayoría de las ocasione se ha capitalizado a través de decisiones caprichosas de presidentes municipales en turno.
Una de ellas, dirigir todo su poder en contra de los regidores de oposición que votan en contra de sus iniciativas al coartarlos, segregarlos e imponerles una cuota de operación mínima, reduciéndoles presupuesto y personal, con una actitud antidemocrática y lejos del espíritu de la creación del artículo 115 y sus reformas.
El artículo 115 constitucional requiere de nuevas reformas como las de 1983, cuando se instauró la figura de regidor, y la de 1999, a fin de que los regidores, como lo previó el ex director del Centro Nacional de Desarrollo Municipal de la Secretaría de Gobernación de aquél entonces, Raúl Olmedo, sean una especie de diputados independientes.
En uno de los coloquios legislativos llevado a cabo por el INAP, en 1992, El Municipio y el Constitucionalismo Mexicano, se abordó no sólo la pobreza del 85 por ciento de los municipios sino también, en entrevistas, de la importancia de que los regidores pasen de ser simples levantadedos a favor del alcalde en turno a ser reconocidos como una especie de diputados independientes que puedan tener derecho a disentir sin ser avasallados.
En las empresas privadas con tendencias neoliberales o una marcada violación a las leyes del trabajo se obliga a los trabajadores a firmar contratos leoninos cada determinados meses a fin de estar sometidos laboralmente, no hacer antigüedad y, en caso de despido, no tener derecho a demandar una indemnización justa. Lo mismo ocurre en muchos ayuntamientos del país contra regidores de oposición.
Regidores de oposición de distintos ayuntamientos coinciden en que esa actitud totalmente antidemocrática y seudofascista prevalece sobre todo en periodos electorales, como el actual en la entidad mexiquense, cuya campaña para la gubernatura mexiquense iniciará los primeros días de abril.
Así, la discriminación política y laboral también le pega a regidores de la misma filiación que el alcalde, como denunciaron morenistas en Ecatepec.
En Nicolás Romero, otro caso fue con la regidora también morenista Melba Carrasco Godínez. El Tribunal Estatal Electoral (TEEM) sancionó al alcalde y tesorero de Nicolás Romero, Armando Navarrete López y Manuel de la Vega Suárez, respectivamente, por violencia de género.
La regidora Carrasco Godínez argumentó violencia política de género, así como cese sin justificación del personal a su cargo que la dejó sin personal de apoyo a la regiduría.
“Eso habla de la pobreza política y mental y el miedo al cambio de algunos alcaldes”, comentó un regidor, que sugirió omitir su nombre como prevención a más recortes de su regiduría”.
El artículo 115 de la Carta Magna requiere una reforma a fondo que asegure más independencia económica y política a los regidores. Una reforma como ocurrió con las garantías constitucionales a periodistas que, entre otras cosas, se vieron favorecidos con un decreto sobre tener un salarió mínimo para su profesión.
Al regidor debe garantizarse un mínimo de operatividad con un mínimo de nómina, no impuesto por el alcalde en turno o la votación de un cabildo a modo, sino legislado desde el congreso estatal o, si fuera posible, por el federal y el Senado, para que se acaben los levantadedos y se cree una verdadera figura que vele por los intereses de los gobernados.
Si eso ha pasado con los de Morena, imagínense el aquelarre en los demás colores… ¡Triste México. Triste municipio!
*Presidente de la ONG Franature