Política

Ilegal y nula la concesión del Viaducto Bicentenario a Aleatica: FGR

Viaducto Elevado

***Empero, el juez Daniel Ramírez Peña emitió veredicto en contra del Estado Mexicano; la Fiscalía procederá en contra del juzgador; “Los poderes judiciales nadan en el estercolero de la corrupción”: Paulo Díez Gargari

Valle de México, a 13 de marzo del 2024.- La concesión que el Estado de México le otorgó a la empresa Viaducto Bicentenario, S. A. de C. V., en el año de 2008, fue absolutamente ilegal y, por lo tanto, nula, cometiéndose el delito de Explotación de un bien de la Nación, sancionado en los artículos 149, 150 y 151 de la Ley General de Bienes Nacionales, aseguró la Fiscalía General de la República (FGR), al tiempo de anunciar que procederá contra el juez Daniel Ramírez Peña luego de que éste falló en contra de los reclamos del gobierno.

“Nunca el Gobierno del Estado de México obtuvo concesión federal para poder disponer del dominio de una vía de comunicación federal, propiedad de la Nación”, afirmo la FGR mediante un despacho.

Detalló que “Ese acto delictivo le permitió a un particular, el saqueo de más de 8 mil millones de pesos por dicha explotación ilegal, correspondiéndole el 99.5% de los ingresos totales, de esa vía federal; compartiendo con el Gobierno del Estado de México 42 millones de pesos, equivalente al 0.5%; sin que la Federación haya recibido, en estos quince años, ni un solo centavo por la explotación de un bien propiedad de la Nación”.

Aleática
Aleática: Concesión ilegal.

“Desde agosto de 2011, y nuevamente en marzo de 2020, la hoy Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (antes Secretaría de Comunicaciones y Transportes) señaló esta ilegalidad y la presunción del delito federal correspondiente”, destacó la dependencia.

Aclaró que “este no es un caso administrativo, ni civil; ya que está penado específicamente como delito, independientemente de toda la serie de actos y convenios fraudulentos que se han venido realizando para encubrir dicho delito”.

Refirió que “El haber alegado, por parte del Estado de México, que una autorización para el mantenimiento de una vía federal, como se da en todos los estados de la República, lo faculte para otorgar una concesión federal a un particular, es una absoluta falsedad y es contraria a derecho; ya que la única autoridad facultada para otorgar una concesión de una vía general de comunicación es la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”.

Viaducto elevado
Viaducto elevado

La FGR informó que “En la audiencia que acaba de llevarse a cabo, el grado de injusticia con el que actuó el Juez Daniel Ramírez Peña llegó a un extremo verdaderamente inconcebible; ya que, antes de conocer las pruebas y argumentos de las partes, emitió públicamente una opinión respecto del caso y anunció su veredicto en contra del Estado Mexicano; razón por la cual la Representación Social de la Federación ahí mismo lo recusó en audiencia, por incurrir en una causa de impedimento para seguir conociendo del asunto; y, por lo tanto, se le iniciará el juicio correspondiente, independientemente de los recursos que la ley permite”.

La dependencia explicó que en el artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales se define este delito: “…a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente”. Y la única autoridad competente en materia de bienes federales, en este caso, es la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes”, la cual NUNCA OTORGÓ CONCESIÓN FEDERAL ALGUNA”.

Enseguida, resaltó que “Para que exista una concesión federal debe cumplirse con los siguientes requisitos:

• Las concesiones federales se otorgarán mediante concurso público emitido por la autoridad competente federal (SICT).

• La concesión será sobre un objeto que pueda ser materia del mismo (vía general de comunicaciones federal).

• La concesión deberá cumplir con la finalidad del interés público regulado por las normas en que se concreta.

• La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes emitirá un fallo fundado y motivado.

• Se señalará el plazo de la concesión.

“Todo esto NUNCA ocurrió”, aseguró la FGR, y anunció que “iniciará de inmediato todos los recursos legales a que tiene derecho, frente a este nuevo atropello a la justicia y a la defensa de los bienes de la Nación”.

Paulo Díez Gargari
Paulo Díez Gargari

Es pertinente mencionar que durante los últimos días comparecieron como imputados de varios delitos (causa penal 372/2023), el ex secretario general de gobierno Ernesto Nemer el ex secretario de Movilidad, Luis Gilberto Limón Chávez, así como el ex director de Aeropuertos, Autopistas y Servicios conexos en la entidad Alberto Tomás Angulo Lara y Jorge Joaquín González Becerril, director de la Junta de Caminos durante el sexenio de Alfredo del Mazo Maza (2017-2023).

Por parte de la empresa comparecieron los ex directores de OHL México, hoy Aleática, Andrés de Oteyza, Sergio Hidalgo Monroy y el actual presidente del consejo directivo de esa firma, Rubén Gerardo López Barrera, coautores materiales de los delitos. No obstante, el juez determinó no vincularlos a delito alguno.

El Viaducto Elevado Bicentenario corre en un segundo piso de la carretera México-Querétaro, en su tramo de Naucalpan a Tepotzotlán, desde hace más de 15 años, y es operado por Aleatica con una concesión que, según la FGR, es ilegal pues la expidió el gobierno del Estado de México y no el gobierno federal.

Luego del fallo del juez, el abogado Paulo Díez Gargari, quien ha emprendido varias iniciativas legales para recuperar el Viaducto Elevadado e incluso se ha visto en el centro de varias demandas en su contra por ello, comentó en su cuenta de X (ante Twitter), afirmño que “si alguien duda de la necesidad urgente de una reforma al Poder Judicial, la actuación del juez Daniel Ramírez quiza lo haga cambiar de opinión”.

“Los poderes judiciales nadan en el estercolero de la corrupción”, afirmó el profesionista.

La postura de Aleatica

Más tarde y mediante un escueto despacho, la firma Aleatica dio a conocer su postura en el caso:

En seguimiento al evento relevante de fecha 5 de enero de 2024, relacionado con el procedimiento penal federal en contra del Director General de Aleatica, S.A.B. de C.V. (BMV: ALEATIC) (“Aleatica” y/o “la Compañía”) y otras personas (el “Procedimiento”), la Compañía informa al mercado lo siguiente: 

El día de hoy finalizó la audiencia inicial del Procedimiento llevada a cabo ante el Juez de Control Federal en relación con el caso planteado por la Fiscalía General de la República (“FGR”) respecto de la supuesta explotación ilegal del Viaducto Bicentenario. El Juez determinó que no existe delito alguno, por lo que ordenó sobreseer el caso, lo que impide que la FGR continúe con el mismo. 

El título de concesión otorgado por el Estado de México a Viaducto Bicentenario, S.A. de C.V., subsidiaria de la Compañía, fue otorgado como resultado de un procedimiento de licitación competitivo, es válido, se encuentra vigente y su validez no le ha sido legalmente cuestionada en procedimiento administrativo alguno por parte de autoridad competente”.